Lapropia Dirección General aplicando esta doctrina al campo de la herencia yacente (Resoluciones de 4 de julio, 9 de mayo y 12 de julio de 2013, y 8 de mayo de 2014), señala: "Para que esté correctamente entablada la legitimación pasiva desde la perspectiva del tracto sucesivo, es preciso al menos que la demanda esté interpuesta contra
Modelode demanda de reclamación de cantidad contra herencia yacente y herederos, según los dispuesto en los artículos 661, , 1101, 1106, 1124, 1256, 1258, 1278 y 1740 del Código Civil, y el artículo 6.1.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero). Posibilidad de demandar a la herencia yacente a través del
Ladisolución de la comunidad hereditaria. Para disolver la comunidad hereditaria se deben repartir los bienes y derechos que forman parte de la herencia entre los herederos. También sería posible convertir la comunidad hereditaria en una comunidad convencional. Para ello deberían atribuirse los bienes en calidad de proindiviso, aunque es Sila herencia no está repartida, ninguno de los herederos puede atribuirse la representación en la Junta de las acciones que forman parte de ella (SAP Pontevedra 5-V-2010); una vez repartida la herencia, los herederos son copropietarios ordinarios y la sociedad ha de reconocerlos como tales a efectos, en el caso, de participar en un
Comodemandados como herencia yacente, únicamente consta la herencia yacente de V. V. T., herencia yacente de J. Y también. B., y herencia yacente de H. Y en relación a ellos, se han efectuado numerosos intentos y oficios para detectar a los herederos sin resultado satisfactorio, según consta en el trámite judicial lo que forzó
Perotal llamada al proceso de una herencia yacente, como afirma la SAP de Zaragoza de 3 de febrero de 2012, “presenta dos problemas adicionales, uno la configuración completa de ese sujeto pasivo del proceso, y otro con quien se tiene que entender la diligencia de emplazamiento y quien, legítimamente puede representarla» . 185 106 178 305 165 141 162 310 149

modelo escrito alta herencia yacente